Congreso aprueba ley contra los revoltosos
LIMA.- El pleno del Congreso decidió esta tarde modificar varios artículos del Código Penal vigente para reprimir los actos que atenten el normal funcionamiento de los servicios públicos, como el transporte, electricidad, gas o telecomunicaciones. La ley considera como hurto agravado la sustracción de bienes que forman parte de la infraestructura o instalaciones de transporte público así como de sus equipos o elementos de seguridad. La ley modifica el artículo 281° del Código Penal y establece una pena carcelaria no menor de 6 ni mayor de 8 años para quienes atenten contra fábricas, obras, infraestructura, instalaciones o equipos destinados a la producción, transmisión, distribución, almacenamiento o provisión de servicios básicos.De igual manera se establece una pena carcelaria que fluctuará entre los cuatro y seis años, para los que entorpezcan el funcionamiento de los servicios de transporte, telecomunicaciones, saneamiento, electricidad, hidrocarburos o sustancias energéticas similares.
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